viernes, 18 de julio de 2008

Caso Práctico N° 1

ALQUILER CON MUEBLES Y ACCESORIOS:

El Sr. Pérez arrienda, por un año, un departamento de su propiedad al Sr. Gutiérrez. Acordaron un alquiler de S/. 1,000 mensuales y adicionalmente S/. 200 por el uso de los muebles que están en el departamento. En el contrato se indica que el arrendatario pagará el Impuesto al Patrimonio Predial por un valor de S/. 200 y el servicio de limpieza del inmueble por S/. 150. De otro lado, para su seguridad, por el uso del cerco eléctrico que circunda el inmueble se acordó un pago de S/. 100 ¿Cuánto debe pagar mensualmente el Sr. Pérez por la Renta de Primera Categoría que obtiene?
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Determinación de la Renta Mensual
Se consideran todos los ingresos de la siguiente forma:




(a) Cabe indicar que aunque se indique que el arrendatario pagará el Impuesto al Patrimonio Predial, éste corresponde al arrendador por lo que dicho pago se considera como parte de su renta bruta.

Este resultado también se obtiene aplicando la tasa efectiva (12%) sobre la renta bruta mensual (S/. 1,650).
El Sr. Pérez debe efectuar un pago a cuenta mensual por el Impuesto a la Renta de Primera Categoría de S/. 198. El pago lo debe realizar con el Sistema Pago Fácil hasta la fecha de vencimiento, de acuerdo con el último dígito de su N° RUC, según el cronograma establecido por la SUNAT. Además, debe entregarle al Sr. Gutiérrez el recibo por arrendamiento.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Una pregunta, en el caso que el señor Gutierrez sea persona juridica.. esta afecto a parte del IR de 1ra Cat ?..